Paul Groussac
La usurpación de Malvinas y las reclamaciones argentinas, según Paul Groussac
Paul Groussac
La usurpación de Malvinas y las reclamaciones argentinas, según Paul Groussac
El 2 de abril de 1982, la Argentina tomó posesión de las Islas Malvinas, territorio usurpado por los ingleses en 1833. La ocupación dio comienzo a una guerra que concluiría poco más de dos meses más tarde -el 14 de junio de 1982- con la derrota del Ejército argentino, más de 650 muertos del lado argentino y más de 250 muertos, de las fuerzas armadas inglesas. Reproducimos a continuación algunos fragmentos de un libro de Paul Groussac, originalmente publicado en el tomo VI de los Anales de la Biblioteca Nacional de Buenos Aires, aparecidos en marzo de 1910, en donde el historiador de origen francés expone las diversas reclamaciones por parte de los distintos gobiernos argentinos a lo largo del siglo XIX ante la usurpación inglesa. 1
Fuente: GROUSSAC, Paul, Las islas Malvinas. Buenos Aires, Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, Secretaría de Cultura, 1982
Ubicación de las islas
Las Islas Malvinas o Falkland, que Inglaterra se apropiaba por la violencia el 2 de enero de 1833, expulsando a las autoridades argentinas, ocupan, al este de la costa patagónica, esta situación notable: el paralelo que pasa por Puerto Gallegos (51º 33’), capital de la gobernación de Santa Cruz, y el meridiano de Buenos Aires (58º 21’ Gr.) se cortarían, más o menos, en el centro de la isla principal. En otras palabras: el grupo entero, compuesto como se sabe, de dos grandes islas rodeadas de una centena de isletas, podría inscribirse en un trapecio cuyas dos bases corresponderían a los paralelos de Cala Coig y del Cabo de las Vírgenes, y los costados convergentes, a los meridianos de Pringues y de Dolores, en la provincia de Buenos Aires. He aquí, por cierto, datos que no nos sacan de nuestra tierra, y que parecen confirmar los de la geología y la botánica, las que hacen de las Islas Malvinas una dependencia natural de la Patagonia.
Las explicaciones inglesas ante la usurpación
En enero de 1834, casi en el aniversario del atentado, lord Palmerston, Secretario de Negocios Extranjeros en el Gabinete de lord Grey, después de haber dejado siete meses sin contestar la protesta del ministro argentino Manuel Moreno, se dignó dar una fría explicación (pretendida consecuencia de documentos de la antigua negociación española) que terminaba expresando el deseo de que el gobierno de las Provincias Unidas se diera por satisfecho y dejara de discutir los derechos soberanos de S.M. sobre las islas Falkland. Esta primera explicación continúa siendo la última.
La protesta de 1888 por la ocupación ilegítima de las Islas Malvinas
…la protesta oficial contra el acto de violencia de 1833 y la ocupación ilegítima de las Malvinas, se ha hecho oír y no ha variado. Una de las más recientes data de 1888 y se resume en esta declaración final y categórica del Sr. Quirno Costa, dirigida al encargado de Negocios británicos:“Servíos transmitir al Secretario de Negocios Extranjeros, que la negativa del gobierno de S.M.B. a discutir sus pretendidos derechos a la soberanía de dichas islas, o de someter el litigio a un arbitraje, no compromete absolutamente los títulos del gobierno de la República, el cual mantiene y mantendrá siempre sus derechos a la soberanía de las Malvinas, de los que fue desposeída por la violencia y en plena paz” (cita Memoria de Relaciones exteriores presentada en 1888, pág. 160) .
…documentos oficiales establecen la presencia ininterrumpida de las autoridades españolas en la Patagonia y sus dependencias, hasta la última hora del Virreinato.
Inútil es decir que se pensó poco acerca de las Islas Malvinas durante las guerras de la independencia sudamericana. Sin embargo, ésta no había terminado aún cuando el gobierno de Buenos Aires recuperaba Puerto Soledad enviando allí la fragata Heroína, cuyo comandante, David Jewitt, debía también asumir el mando del archipiélago. La nueva toma de posesión se efectuó con las formalidades ordinarias y –detalle significativo, consignado por Vernet 2- en presencia del célebre navegante inglés James Weddell, que había recalado en las Malvinas durante su primer viaje antártico. Jewitt encontró los parajes infestados de balleneros ingleses y americanos, que destruían no solamente los anfibios de estos lugares sino también los animales salvajes del interior. Trató de remediar esto y, por una circular del 9 de noviembre de 1820, comunicó el nuevo orden de cosas a los gobiernos extranjeros 3. El comandante don Pablo Areguaty le sucedió en 1823; este mismo año, el gobierno del general Rodríguez otorgaba a don Jorge Pacheco, “como premio a sus servicios”, treinta leguas de tierra en la isla Soledad, con derecho exclusivo de pesca. Una primera tentativa de colonización, no tuvo éxito. Algunos años más tarde, por decreto del 8 de enero de 1828, toda la isla Statenland y toda la Soledad exceptuando, además de la concesión anterior, diez leguas cuadradas atribuidas al fisco, eran adjudicadas libremente por el gobierno (la validez del acto es discutible) al comerciante hamburgués D. Luis Vernet, siempre con derecho exclusivo de pesca por veinte años, con la condición de fundar allí una colonia en un lapso de tres años.
No es dudoso que el concesionario Vernet se puso valientemente a la obra y agotó allí sus recursos. Se organizaron expediciones; varias docenas de colonos, algunos con sus familias, vinieron directamente de Europa o fueron embarcados en Montevideo, provistos de ganado y útiles de labranza y pesca. Las pampas de Buenos Aires proporcionaron gauchos para la ganadería y hasta indígenas patagones. Transcurridos menos de dos años. La colonia contaba una centena de personas, más o menos estables, incluidos los balleneros y sealers de toda procedencia, los empleados europeos y algunos esclavos de Vernet.
Los primeros tiempos fueron particularmente difíciles; era la pesca poco productiva por causa de la competencia de pescadores extranjeros, más expertos o mejor equipados. Los colonos reclamaron una embarcación de guerra y un puesto militar para hacer observar los reglamentos. ¡Las sombras de gobiernos, de un mes o de una semana, que se sucedían en Buenos Aires, tenían preocupaciones bien diferentes! En fin, Vernet atrapó al vuelo el rápido interinato de este mismo general Rodríguez a quien hemos visto interesarse por la colonia, para obtener una reorganización del territorio 4, del cual era nombrado, ese mismo día, comandante político y militar con plenos poderes sobre la extensión de su dependencia y algún armamento para pasar, llegado el caso, de la teoría a la práctica. Entonces Vernet decidió establecerse en Puerto Luis con su joven esposa, nacida en Buenos Aires, y una familia alemana que lo acompañaba. Un oficial de la marina inglesa, ha dejado del distante home un bosquejo agradable y profundo, que en nada se parece al nido de filibusteros imaginado por los merodeadores yanquis, indudablemente según sus propias maneras de ser 5.
Gran Bretaña protesta por la proclamación argentina del derecho sobre las Islas Malvinas
Apenas conocido el decreto 6, Mr. Woodbine Parish, encargado de Negocios de S.M.B., se apresuró a informar a su gobierno, quien le ordenó reclamar contra una medida administrativa que atacaba “los derechos de soberanía ejercidos hasta entonces por la Corona de la Gran Bretaña”. La protesta formal data del 19 de noviembre de 1829. En su aviso de recibo, el general Guido, ministro de Relaciones Exteriores en la efímera administración de Viamonte, mostraba al gobierno provisional muy ocupado en considerar “con particular atención” la nota de Mr. Parish, haciéndole entrever una resolución que no podía tardar. Para quien conoce estas horas de turbación y de calamidades, en las que el país parecía librado a gobernantes atacados del vértigo, lo asombroso no consiste en que la repuesta se haya hecho esperar, sino en que el ministro del día haya tenido tiempo de anunciarla. La protesta cayó en el vacío; al cabo de ocho días ya nadie se acordaba, y la situación habría podido eternizarse si inesperadamente no hubiera sobrevenido un “tercer ladrón” que provocaba, dos años después, una solución imprevista.
Vernet captura tres embarcaciones americanas que cazaban ilegalmente en la región, pero llega a un acuerdo extraño
La investidura del comandante Vernet no había tenido la virtud de cortar por lo sano el merodeo marítimo y terrestre. Ni órdenes ni amenazas impedían en modo alguno, a los barcos pesqueros, afluir a las costas de las pequeñas o grandes Malvinas. Vernet se decidió a proceder con rigor. Con algunos días de intervalo (agosto de 1831) capturó las tres embarcaciones americanas,Breakwater, Harriet y Superior, que hacían cargamento en Puerto Salvador, al nordeste de Soledad; la flotilla, por otra parte, desde larga data frecuentaba estos parajes, y la reincidencia estaba ampliamente establecida. Habiendo conseguido la goleta Breakwater escaparse y ganar su puerto de partida (Stonington, Connecticut) 7, Vernet tenía que dictaminar sobre la suerte de las otras dos y, de golpe, apareció el inconveniente de su doble oficio. Bajo el funcionario despertó el comerciante; Vernet colgó su uniforme y entró en arreglos con los capitanes de los barcos capturados.
Según cierto contrato incluido en el proceso, entre los capitanes Davison y Congar de una parte y don Luis Vernet, director de la colonia Soledad de otra, habría sido convenido que sólo la Harriet, muñida de los papeles de la Superior, iría a Buenos Aires para comparecer allí ante el Tribunal de Presas, mientras la Superior, capitaneada por Congar, iría a pescar focas al sur, a medias con el mencionado Vernet… Este acuerdo entre el gendarme y el cazador furtivo, bajo el sello del juramento y con la retractación estipulada, nos parece a la distancia un poco extraño. (…)
La goleta Harriet partió de Soledad para Buenos Aires, en noviembre de 1831, llevando a bordo a don Luis Vernet y a su familia. Davison la comandaba… Apenas llegada a Buenos Aires (19 de noviembre), la embarcación tomada fue puesta a disposición del Capitán del Puerto para la instrucción del sumario, mientras Davison se quejaba, exponiendo los hechos a su manera, ante el cónsul americano George W. Slacum 8, de quien no se podría decir, sin calumniarlo, que le faltaban entrenamiento e integridad. Él ajustó el negocio prontamente, el 21, obligando al gobierno, como principio, a declarar si mantendría la presa; después, con la respuesta afirmativa del ministro Anchorena, pronunció al día siguiente la sentencia –consular- que denegaba al gobierno argentino toda jurisdicción sobre las Islas Malvinas, la Tierra del Fuego y sus dependencias y, por consiguiente, toda autoridad para restringir ni aun en lo más mínimo los derechos de pesca y otros, de los ciudadanos libres de los Estados Unidos (!) 9
El excelente Slacum podía proceder a su gusto: sabía que la corbeta de guerra Lexington, destacada de la escuadra americana fondeada en el Brasil, estaba anclada en Montevideo, no esperando más que un llamado para intervenir. Arribaba, en efecto, el 30 de noviembre y, después de los saludos reglamentarios, su comandante Silas Duncan hacía trasmitir al gobierno el propósito de pasar a las Malvinas, “para protección de los ciudadanos y el comercio de los Estados Unidos para ser juzgado…”. Esto era una simple provocación, tan despreciable en el fondo como grosera en la forma; el héroe barato debió contentarse con embarcar, en lugar de Vernet, al patrón Davison, a quien sustrajo a los jueces de Buenos Aires para servirse de él como espía en Puerto Soledad.
La destrucción de la colonia de Puerto Soledad por una flota estadounidense
El 28 de diciembre de 1831, la Lexington arribó a Puerto Soledad. Todos los testigos declaran que había enarbolado, para mejor perpetrar sus hazañas, el pabellón francés, lo cual se aproximaría, mucho más que los actos de Vernet, a ciertos casos piráticos 10. Antes de desembarcar, el comandante Duncan atrajo a bordo, bajo algún pretexto, a los dos principales empleados de Vernet, retuvo allí prisionero al director de pescas, Mateo Brisbane, soltó al agente comercial, Enrique Metcalf. Hecho esto, el comandante Duncan descendió armado y procedió primeramente, con cierto método, a inutilizar los cañones, a incendiar el polvorín, a destruir el armamento; luego, sin mala intención, se divirtieron –casi risible- en saquear un poco las casas (no se trata de robos), después, en dar caza a los animales salvajes. Cerca de dos años más tarde, Fitzroy, cuyo testimonio no es sospechoso, volvió a encontrar todavía las huellas evidentes del pillaje. Además, se hizo transportar a bordo de la goleta Dash, que se encontraba allá, el cargamento de pieles secuestrado y que Davison, presente, declaró pertenecerle. En cuanto volvieron los balleneros americanos reunidos, fueron fijados carteles que anunciaban la ruina definitiva de la colonia. Todos los colonos que no pudieron huir al interior, fueron molestados; los que se resistían, molidos a golpes. Algunos testigos han denunciado excesos más graves; pero no parecen probados. Se adivina el pánico. Varios colonos, desanimados, se embarcaron sin pensar en un posible regreso. En fin, después de haber detenido a casi todos los habitantes, el heroico Duncan no retuvo prisioneros más que a seis argentinos y al comerciante inglés Brisbane, al que engrilló –según declaraciones unánimes- y llevó así a Montevideo 11. He aquí en qué términos, breves pero expresivos, el comandante de una corbeta se dirigía al gobierno de un país libre, confesando altamente su atentado e imponiendo las condiciones de clemencia:
“A. S.E. el Señor Ministro de Negocios Extranjeros de Buenos Aires:
Surto en Montevideo, febrero 21 de 1832
Señor:
Debo decir a Ud. que entregaré o pondré en libertad a los prisioneros existentes a bordo de laLexington, dando el gobierno de Buenos Aires una seguridad de que han obrado bajo su autoridad.
Tengo el honor, etc.
Silas Duncan”
Francis Baylies, un nuevo encargado de negocios norteamericano, llega a Buenos Aires
Esto no había terminado. Después de Duncan, que iba a calmar en su casa su gran cólera, y de Slacum, a quien el ministro García debió retirar el exequátur (14 de febrero de 1832), entra en escena el encargado de negocios Francis Baylies para tener allí el empleo vacante de matasiete12. Es preciso reconocer que éste tampoco hizo languidecer el asunto. Llegado el 8 de junio en la corbeta de guerra Peacock, desembarcó el 9 con su familia, presentó el 15 sus credenciales y el 20 abrió el fuego. Su misión oficial se limitaba, según confesión misma de su gobierno, a la apertura de una encuesta sobre el incidente de las Malvinas y al examen de los derechos invocados por el gobierno de Buenos Aires 13.
Será suficiente citar la frase inicial de su primera nota, para mostrar cómo entendía esta misión y con qué espíritu iba a cumplirla.
“Buenos Aires, junio 20 de 1832
“El infrascripto, encargado de Negocios de los Estados Unidos de América cerca del Gobierno de Buenos Aires, tiene el honor de informar a S.E. el ministro de Gracia y Justicia, encargado provisionalmente del departamento de Relaciones Exteriores, que tiene órdenes para llamar la atención de este gobierno sobre ciertos procedimientos de don Luis Vernet, quien pretende, en virtud de un decreto de este gobierno, de fecha 10 de junio de 1829, ser “Gobernador civil y militar de las Islas Malvinas, etc.” 14
“No contento con despojarlos (a los pescadores de focas) y tratarlos como esclavos, Vernet ha colmado la medida de humillaciones, reduciendo a estos ciudadanos americanos a un grado de envilecimiento moral tan bajo como el suyo propio, etc.” 15.
Habiéndose permitido el ministro Maza, en su aviso de recibo, expresar cierta sorpresa por estas maneras diplomáticas, el hombre de Massachussets volvió a la carga el día siguiente y puso al ministro en el apremio de declarar, en el más breve plazo, si el gobierno de Buenos Aires aun persistía en atribuirse derechos sobre las Malvinas, después que el de Estados Unidos los había denegado. Con todo, ante el silencio de su interlocutor, Baylies se resignó a imitarlo durante dos semanas; pero esto fue para elaborar un largo memorial históricojurídico…en el cual el abogado oficioso, después de haber transcripto complacientemente la protesta de Mr. Woodbine Parish, infería el mejor derecho de la Gran Bretaña.
El ministro Maza eleva la protesta a Washington y protesta ante Francis Baylies
El ministro Maza…bien resuelto esta vez a llevar las cosas al extremo, comenzó el 8 de agosto por descartar al intermediario y llevar la cuestión ante el Ministro de Estado de Washington, en una exposición completa y firme de los derechos y agravios argentinos. Hecho esto, después de algunos días de descanso, se volvió hacia quien, desde hacía dos meses, no retrocedía ante ninguna afirmación falaz para sostener su mala causa… Rehusando admitir a este intruso en una discusión sobre la propiedad de las Malvinas, que estaba por encima de él y en la cual los mismos Estados Unidos no podían ser parte, el ministro argentino encerró al adversario en el incidente de la pesca ilícita, con sus consecuencias, que eran la doble intervención de Vernet y Duncan. En una argumentación muy concisa, demostró que la procedencia del primero era tan legal como arbitraria la del segundo; y esto, cualesquiera fuesen los títulos de Buenos Aires sobre las Malvinas. Pasando luego a la apreciación de los actos cometidos de una y otra parte, estableció sin dificultad que, aun en el caso mismo en que todas las irregularidades observadas en la conducta de Vernet fuesen ciertas, no eran sino pasajeras y tenían su correctivo en los inventarios levantados y en la sentencia inminente del Tribunal de Presas, en tanto que los excesos perpetrados por el comandante Duncan, significaban, en el caso de haber procedido según instrucciones superiores, un ultraje a la soberanía nacional, cometido en plena paz e indigno de un pueblo civilizado; y en el de obrar sin órdenes, un crimen pasible de consejo de guerra. El ministro rechazaba, pues, los pretendidos cargos por los que, a fin de extraviar la opinión, se intentaba invertir los papeles: el acusador era él, y el otro el acusado. El gobierno de Buenos Aires denunciaba la complicidad de un barco de guerra de los Estados Unidos en los actos ilícitos de sus connacionales y exigía una reparación del ultraje infligido a la bandera argentina, como asimismo una indemnización por los actos de piratería que habían arruinado la naciente colonia. Y terminaba la exposición con la seguridad formal de que no se tendrían en cuentas las notas pasadas por el encargado de Negocios de los Estados Unidos mientras las cuestiones previas no fuesen reglamentadas…
Baylies y Slacum abandonan Buenos Aires
Era un desahucio en forma, y Mr. Baylies lo tuvo por recibido. Pidió sus pasaportes y, esperándolos, trató aún de disipar la flecha del parto, que consistía en dejar la gerencia de la legación americana al antiguo cónsul Slacum; el ministro replicó, devolviendo la pelota, que el dicho Slacum no podía ser para el gobierno más que un delincuente refugiado en una legación. Baylies comprendió, al fin, que después de haber sido odioso estaba a punto de tornarse ridículo. Se embarcó el 21 de septiembre en la corbeta Warren, con el inseparable Slacum, y returned home para terminar allí en la oscuridad 16. Algunos días antes de su partida, había podido leer el decreto del 10 de septiembre, que nombraba al mayor Mestivier para el comando interino de las Islas Malvinas (hasta que el titular pudiese reasumir sus funciones) 17; se le agregaban 50 hombres con sus familias, y el bergantín de guerra Sarandí debía quedar allí fondeado. (…)
Carlos María de Alvear, ministro plenipotenciario en Estados Unidos
[Carlos María de] Alvear fue designado [ministro plenipotenciario en los Estados Unidos], el 28 de junio de 1837, y…se hizo cargo de su puesto –sin apresurarse- pues se embarcó a mediados del año siguiente. Además, por lo que hizo después, se puede juzgar lo que habría podido hacer antes. A todas las representaciones verbales o escritas, el gobierno de los Estados Unidos respondía evasivamente, cuando no hacía oídos de mercader. En Washington, como en Londres, los enviados…se sentían molestos y fastidiosos, con esta eterna reclamación a su cargo.
La respuesta del secretario de Estado estadounidense, Daniel Webster
La respuesta más significativa que recibió el general Alvear –y hubo que conformarse- fue la de Daniel Webster, entonces Ministro de Estado quien, en su nota del 4 de diciembre de 1841, desarrolló esta extraña tesis: que la apreciación de los actos cometidos por el capitán Duncan, estaba ligada a la cuestión de la controvertida soberanía de las Islas Malvinas, daba lugar a suspender todo examen de la reclamación argentina hasta la solución de dicho litigio; la política tradicional de los Estados Unidos, les prohibía toda medida anticipada que implicase una actitud favorable o contraria a una de las partes…
Sabemos que esta tesis es puro sofisma… Exactamente el caso –para no machacar argumentaciones teóricas, hechas a menudo- de un delincuente convicto de depredaciones en una propiedad en litigio, con violencias contra el ocupante actual, y que pretendiera sustraerse a la acusación entablada contra él, mientras la sentencia sobre el secular proceso de posesión no fuese pronunciada (!) El capitán Ducan y sus hombres eran culpables de actos de violencia o de piratería; y sus superiores, responsables de los excesos y perjuicios cometidos, aun en el caso en que los títulos de la República Argentina a la ocupación de las Falklands fueran reconocidos más tarde como nulos y sin valor. Bastaba que dicha ocupación hubiera sido prolongada públicamente y de buena fe.
La Corte Federal de Massachussetts sobre el incidente
…este caso del capitán Duncan ha proporcionado un ejemplo en el Digest de Wharton, y sienta jurisprudencia. Davison (el antiguo patrón de la Harriet, dejada en Buenos Aires) 18 introdujo en un proceso que se ventilaba ante la Corte Federal de Massachussetts a propósito de su azaroso viaje a las Malvinas, el incidente de la Lexington y la Corte se pronunció como sigue: “Sobre el caso de un oficial de la marina de los Estados Unidos que, sin instrucciones de su gobierno, se había apoderado en las islas Falkland de ciertas mercaderías (property) reclamadas por ciudadanos de los Estados Unidos –pues habían sido tomadas indebidamente (piratically) por una persona que se pretendía gobernador de las Islas –la Corte decide que el oficial mencionado no tenía derecho, sin comisión expresa de su gobierno, de penetrar en el territorio de un país en paz con los Estados Unidos y de apoderarse de mercaderías que allí se encontraban y eran reclamadas por ciudadanos de los Estados Unidos. La demanda de justicia y de reparación, habría debido ser entablada ante los tribunales del país”. 19 He aquí una verdadera doctrina jurídica, profesada y establecida por los tribunales mismos de los Estados Unidos…
Reclamos a Estados Unidos durante el gobierno de Julio Argentino Roca
Ante esa actitud del más fuerte, este non possumus obstinado (a decir verdad, no era más que unnolumus apenas disfrazado con lo estrictamente indispensable para la cortesía diplomática) 20, no tenía el enviado argentino más que inclinarse, y su gobierno, que esperar. Se aguardó veinte años, cuarenta años, y aun más. (…) [En] enero de 1884, bajo la presidencia del general Roca, cuando el doctor F. J. Ortiz, ministro de Relaciones Exteriores, encargó al enviado argentino en los Estados Unidos refrescara la memoria del gabinete de Washington. Don Luis L. Domínguez renovó la declaración en excelentes términos, breves y precisos, manifestando como conclusión que en el estado de cosas actual (la ocupación inglesa), su gobierno se limitaba a pedir al de los Estados Unidos la desaprobación del atentado y una indemnización razonable por las depredaciones cometidas en Puerto Soledad, con una compensación para los herederos de Vernet.
El mensaje del presidente estadounidense Cleveland
Ninguna respuesta se dio a esto; pero, en diciembre de 1885, es decir cerca de dos años después, el presidente Cleveland quiso, en su primer mensaje anual, consagrar a la reclamación este desdeñoso y desatento párrafo. “El gobierno argentino ha despertado la cuestión largo tiempo dormida de las islas Falklnad, reclamando una indemnización por su pérdida (!), que atribuye a la acción del comandante de la corbeta Lexington, quien destruyó una colonia pirática establecida allá en 1831, y a su ocupación subsiguiente por la Gran Bretaña. En vista de la amplia justificación que han merecido los actos de la Lexington y del estado de abandono de las islas, antes como después de la ocupación pretextada por los colonos argentinos, este gobierno (los Estados Unidos) considera la reclamación como totalmente desprovista de base”. 21
El Dr. Quesada protesta por los términos empleados por el presidente estadounidense
Ni el presidente Cleveland ni su ministro Bayard…sospechaban el tejido de afirmaciones absurdas… (…) No se necesitaba tanto para excitar el enardecimiento patriótico del sucesor de Domínguez en Washington. Sin detenerse en el especial carácter del documento presidencial, que lo sustraía a toda observación diplomática 22, el Dr. Quesada protestó ante el secretario Bayard contra los términos empleados en el mensaje; luego, una vez introducido en la plaza, aprovechó de esto para desarrollar, en ocho o diez páginas nutridas, la historia completa del incidente y de la reclamación. Resultado imprevisto: una respuesta del ministro Bayard llegó tres meses después, casi tan abundante como la petición; en dicha respuesta, considerando terminada la discusión, la cancillería norteamericana se dignaba examinar el asunto y pleitar a fondo.
La respuesta de la Cancillería estadounidense
El ministro Bayard, al fin no hacía más que retomar la tesis de Webster y las alegaciones de Baylies, completándolas a su manera. Después de haber repetido que el gobierno de los Estados Unidos no podría discutir los actos del capitán Duncan sin expresar su opinión sobre el fondo de la querella angloargentina, lo que se quería evitar a toda fuerza, el eminente lógico agregaba, convencido, que aunque “los derechos de la República Argentina a la soberanía de las islas Falkland fueran establecidos, no faltarían buenas razones para justificar ampliamente la conducta del capitán Duncan. ¿Cuáles son estas razones? Es lo que resultará de una corta exposición del incidente” 23. En cuanto a las “buenos razones” del Ministro de Estado, (…) helas aquí, pues enumeradas, con la breve respuesta que podría darse…
Mr. Bayard alega la antigua costumbre de la pesca de focas y ballenas en la Falklands para deducir de ello un derecho adquirido por los pescadores americanos, cualquiera sea el poseedor de las islas. – Nosotros respondemos: “El derecho exclusivo de cada nación a la pesca en las aguas adyacentes de sus costas” 24 es un axioma internacional indiscutible, que no puede ser derogado más que por convención expresa. La tolerancia del Estado poseedor, cualquiera sea la causa o la duración, no invalida su derecho y no lo crea tampoco para terceros. El Estado poseedor lo ejerce hasta el momento que le plazca, salvo notificación anticipada con un plazo razonable.
“Las medidas dictadas por Vernet, y notablemente el embargo de la Harriet y otras goletas americanas, apoderándose de la carga para disponer a su gusto de una parte de la tripulación para retenerla a su servicio, constituyen actos de piratería”. – Nosotros respondemos: El embargo era legal y debía ser mantenido hasta el dictamen definitivo del Tribunal de Presas bonaerense, ante el cual las goletas fueron devueltas (la Harriet con la representación de la Superior). Los interesados hicieron y firmaron inventarios de la carga, con especificación de los víveres y otros artículos de que Vernet, por necesidad mayor, se había servido. Los otros hechos adelantados, fueron negados por Vernet o interpretados de modo muy diverso ante el juez, y con pruebas fehacientes. El testimonio contradictorio se hizo imposible por la huída del patrón Davison, que se había sustraído al juicio y embarcado a bordo de la Lexington por consejos u órdenes del comandante Duncan.
“La opinión del gobierno estadounidense, de que los embargos efectuados son actos de piratería, encuéntrense aún más ampliamente justificada por el hecho de que, si el decreto de reorganización administrativa de la Falklands fue publicado, la designación de Vernet como gobernador, contrariamente, no fue notificada a los gobiernos extranjeros”. – Nosotros respondemos: Es una afirmación humorística y que no sienta al ministro de un gran país, la de sostener que la designación de un comandante o de un prefecto debió ser notificada al extranjero. Nadie más que él se hallaba en condiciones de saber que tales nombramientos jamás son notificados. El hecho único que presentaba un interés internacional y que debió ser comunicado, lo había sido por vía de la prensa y constituía la materia del decreto del 10 de junio, del cual conviene reproducir los artículos esenciales: “Art. 1º Las Islas Malvinas y las adyacentes al Cabo de Hornos, en el Océano Atlántico, serán gobernadas por un comandante político y militar, nombrado inmediatamente por el gobierno de la República. Art. 2º La residencia del comandante político y militar, será la isla Soledad, donde se establecerá una batería bajo el pabellón de la República. Art. 3º El comandante político y militar hará observar, por la población de las islas, las leyes de la República y vigilará, en las costas, el cumplimientos de los reglamentos relativos a la pesca de anfibios. Art. 4º Este decreto será publicado, etc.” La reclamación de Mr. Woodbine Parish prueba suficientemente que el decreto fue publicado; por otra parte, Mr. Bayard no pensaba en negarlo. Pero sostenía, con el enviado Baylies, que la falta de notificación del nombre de Vernet a los gobiernos extranjeros, establece “ampliamente” el carácter pirático de los hechos denunciados! Esto es burlarse.
“El comandante Vernet, tan severo para con los navíos de pescadores americanos, dejaba pescar a los navíos ingleses con toda libertad”. – Nosotros respondemos: Los “navíos ingleses” de Mr. Bayard, corresponden al solo y único caso de la goleta Adeona de Baylies… Vernet demostró, por los libros de a bordo de las goletas capturadas, que en esta época ningún navío inglés frecuentaba esos parajes, a excepción de la Adeona, que había hecho su cargamento fuera de la jurisdicción de Vernet. Por otra parte, la afirmación tendenciosa carecía de valor. De suponer –lo que no era cierto- que la República Argentina, en recuerdo del viejo condominio de hecho, o por cualquier otra razón, hubiera juzgado bueno otorgar un privilegio a Inglaterra, nadie estaba autorizado a oponerse. “Los Estados Unidos no habían tenido conocimiento de las intenciones del gobierno argentino, pues teniéndolo hubiesen atacado el derecho que él se arrogaba”. – Nosotros respondemos: Si los Estados Unidos no tenían conocimiento del nuevo estado de cosas, creado por el decreto del 10 de junio de 1829 y confirmado por la circular subsiguiente del gobernador Vernet 25, es porque sus agentes de Buenos Aires cumplían muy mal sus deberes, y el gobierno argentino no es responsable de esto. Además, los barcos pescadores conocían muy bien estas medidas prohibitivas, y principalmente las tres goletas Harriet, Breakwater ySuperior que, capturadas varias veces en tres años, habían sido libertadas con su cargamento ilícito bajo promesa de no recomenzar.
Influencia del episodio estadounidense sobre la usurpación inglesa
(…) Es probable, a pesar de todo, que el incidente americano haya indicado que la hora de proceder había llegado 26. A eso, sin duda, ha debido limitarse su influencia sobre los acontecimientos que van a seguir, cuya verdadera causa debe ser buscada en el estado de anarquía política y social que destrozaba estas infelices comarcas y, despedazadas, las tornaba presa fácil para las monarquías europeas.
El nombramiento de Mestivier
Hemos visto que el gobierno de Buenos Aires, por decreto del 10 de septiembre de 1832, había nombrado al mayor don Juan Esteban Mestivier comandante interino de las Malvinas, “en ausencia de don Luis Vernet, impedido”. La goleta de guerra Sarandí, que lo transportaba con un destacamento de cincuenta soldados, “acompañados de sus familias”, debía quedar anexada al servicio de las islas, y los hombres, establecerse en la parte del territorio que circunda a Puerto Soledad, reservada para sí por el Estado. (…) Los soldados que se enviaban allá eran los deportados, criminales o vagabundos, condenados, según el uso de entonces, al servicio de las armas; y su envío significaba un ensayo de colonia militar y penal… (…) En sí, la medida era bastante plausible, y se sabe que las florecientes colonias australianas no tienen otro origen. Mas, (…) insuficientemente vigilados o quizá demasiado maltratados, se amotinaron conducidos por un sargento negro y asesinaron al mayor Mestivier.
La usurpación inglesa
El comandante de la Sarandí, don José María Pinedo, a la cabeza de sus hombres ayudados por algunos balleneros franceses, estaba ocupado en capturar a estos bandidos 27 que se había diseminado en la isla, cuando la entrada en el puerto de la corbeta Clío, ostentando pabellón inglés, lo sorprendió en tan triste tarea. Se comprende, sin dificultad, que este estado de la administración colonial no era propio para realzar su prestigio. El comandante Pinedo no dejó de enviar, inmediatamente, al comandante inglés, dos oficiales portadores de sus cumplidos y sus ofrecimientos de servicios. El comandante Onslow, muy correcto, agradeció, anunciando que consideraba un deber la retribución, sin tardanza, de la cortesía. Subió, en efecto, el mismo día, a bordo de la Sarandí, llevando estos aguinaldos (era el 1º de enero de 1833): tenía orden de tomar posesión de las islas Falkland, en nombre de Su Majestad Británica y de enarbolar allí el pabellón inglés; concedía al comandante Pinedo, por consiguiente, veinticuatro horas para arriar la bandera argentina y preparar el embarco de la guarnición, con armas bagajes, en el navío que la llevaría a Buenos Aires…
Es inútil pintar la impresión de los oficiales argentinos; no insistimos sobre una situación vuelta más penosa todavía por la triste labor en que la llegada de los ingleses los había sorprendido. A las inútiles protestas de Pinedo, (“atentado inaudito, en plena paz, naciones amigas, etc.”), Onslow, cortés –frío y pulido como un hielo- se limitó a responder, yéndose, que tendría el honor de transmitir sus instrucciones por escrito al día siguiente. El comandante Pinedo recibió, en efecto, la nota que sigue:
“A bordo de la Corbeta de S.M.B. Clío
Berkley Sound, 2 de enero de 1833
Debo informaros que he recibido órdenes de S.E. el Comandante en Jefe de las fuerzas navales de S.M.B., fondeadas en América del Sur, para hacer efectivo el derecho de soberanía de S.M.B. sobre las islas Falkland. Siendo mi intención izar mañana el pabellón de la Gran Bretaña en el territorio, os pido tengáis a bien arriar el vuestro y retirar vuestras fuerzas con todos los objetos pertenecientes a vuestro gobierno. Soy, Señor, vuestro muy humilde y muy obediente servidor.
J. F. Onslow
A.S.E. el Comandante de las fuerzas de Buenos Aires en Puerto Luis, Berkeley Sound”.
Tras la usurpación, el comandante de la Clío confía la custodia de la bandera inglesa al irlandés Dickson
La desproporción de las fuerzas era tal, que toda resistencia seria, pudiendo costar la vida a un solo hombre, hubiese sido una locura, acaso culpable.. La bandera argentina, que Pinedo rehusó tocar, fue remitida a bordo de la Sarandí por un oficial inglés y, el 3 de enero, el comandante de laClío tomó posesión de Puerto Soledad con las ceremonias ordinarias. El 5, la Sarandí (Pinedo había delegado en un cierto Juan Simón, dependiente de Vernet, el comando provisional de Puerto Soledad) volvió a encaminarse a Buenos Aires donde arribó el 15. Por su parte, la corbeta inglesa no prolongó su estadía. No teniendo otras órdenes, el comandante de la Clío se hizo a la vela sin dejar autoridades en Puerto Luis, después de haber confiado la custodia de la bandera al irlandés Dickson.
Desde Buenos Aires se denuncia inmediatamente la usurpación inglesa
En Buenos Aires, la emoción fue profunda y duradera. El mismo día de la llegada de la Sarandí (15 de enero), el ministro Maza denunció la escandalosa usurpación ante el encargado de Negocios británico quien, la mano sobre el corazón, afirmó no saber nada; pero se declaró dispuesto a llevar el asunto a conocimiento de su gobierno (!)
Siguen las protestas del gobierno ante la usurpación
Algunos días después, el doctor Maza depositaba una protesta en forma en manos de dicho encargado de Negocios (Phillip Gore) y luego se ocupaba en redactar las instrucciones destinadas al ministro plenipotenciario en Londres, don Manuel Moreno, encargado de llevar las reclamaciones del gobierno argentino ante el de la Gran Bretaña. En Londres, efectivamente, el asunto iba a empezar y, después de un simulacro de discusión, terminar allá también con un rechazo cortés y obstinado.
Manuel Moreno presenta una protesta en Londres el 17 de junio de 1833
(…) Antes de tres meses, en efecto, (Manuel) Moreno se había posesionado del asunto, como diplomático y abogado 28, es decir, sin crítica muy aguda ni conocimiento directo de la historia. Gracias a la correspondencia oficial española y a los State Papers publicados en 1771 y recurriendo para los descubrimientos marítimos al excelente resumen de De Broses y a una noticia de Bougainville, y también, naturalmente, de los tratados clásicos de Batel, Günther, De Martens, etc. para la “doctrina” y la enérgica terminología jurídicolatina, el enviado de las Provincias Unidas pudo, el 17 de junio de 1833, depositar en el Foreign Office, en manos del Subsecretario de Estado –que la remitió a lord Palmerston- la protesta de su gobierno bajo la forma de una exposición muy nutrida de hechos recientes, como también de razones histórica que los hacían condenables en su forma, y en el fondo, nulos e innocuos.
1 Para facilitar la lectura, hemos agregado al texto de Groussac subtítulos que el original no posee.
2 Weddell lo recuerda también en su Voyage towards the South Pole. Es sabido que una de las islas occidentales del archipiélago lleva su nombre.
3 Se encuentra en el Argos del 10 de noviembre de 1821, el extracto siguiente del Redactor, de Cádiz (agosto de 1821): “El coronel Jewet (sic), de la marina de las Provincias Unidas del sur de América y comandante de la fragata Heroína, en circular fecha 9 de noviembre de 1820 en el puerto de la Soledad, previene haber tomado el 6 posesión de las islas Falkland de dichas provincias”.
4 El decreto es del 10 de junio de 1829. Contiene, según costumbre, un preámbulo explicativo, quizá inútil (¡expressa nocent!), pero que, para nosotros, tiene la ventaja de expresar el concepto que entonces se tenía de los derechos argentinos. Entresacamos de él esta frase: Hallándose justificada aquella posesión por el derecho de primer ocupante, por el consentimiento de las principales potencias marítimas de Europa y por la adyacencia de estas islas al continente que formaba el virreinato de Buenos Aires, de cuyo gobierno dependían. Esta última razón es la más sólida; en cuanto al “consentimiento de las grandes potencias marítimas”, ya se vería que significaba (!)
5 Fitzroy, Narrative, II, pág. 266: “The governor, Louis Vernet, received me with cordiality. He possesses much information and speaks several languages. His house is long and low, of one story, with very thick walls of stone. I found in it a good library, of Spanish, German and English works. A lively conversation passes at dinner, the party consisting of Mr. Vernet and his wife; Mr. Brisbane, and others; in the evening we had music and dancing. In the room was a grand piano-forte; Mrs. Vernet, a Buenos Ayrean lady, gave us some excellent singing, which sounded not a little strange at the Falkland Isles where we expected to find only a few sealers” (El gobernador, Luis Vernet, me recibió cordialmente. Es un hombre muy informado y habla muchos idiomas. Su casa es alargada y baja, de un solo piso, con gruesas paredes de piedra. Tiene una muy nutrida biblioteca, con obras en inglés, alemán y español. Tuvimos una conversación animada durante la cena con el señor Vernet y su mujer, el señor Brisbane y otros. Durante la noche, bailamos y escuchamos música. Había un piano de cola. La señora Vernet, una dama de Buenos Aires, cantó para nosotros, lo cual resultó muy extraño en las islas Malvinas, un lugar donde esperábamos encontrar sólo unos pocos cazadores de focas. Traducción para El Historiador).
6 Se trata del decreto, por el que, sin designar a nadie, se creaba la comandancia política y militar de las islas Malvinas; una resolución del mismo día nombraba comandante a Vernet y “delegaba en su persona toda la autoridad y jurisdicción necesarias a este efecto”. Pero sólo el primero fue publicado; el segundo no se encuentra en ninguna colección oficial ni en los diarios de la época. Más tarde, el ministro García (Colección. Doc. Nº 16), escribía vagamente a Slacum: El Señor Vernet fue nombrado a consecuencia del decreto de junio de 1829. No era, pues, un decreto propiamente dicho, sino, más bien, una especie de artículo suplementario y reservado del otro. No se lo conoce in extenso más que por las publicaciones de los herederos de Vernet; pero, en lo más fuerte de la crisis, los diarios de Buenos Aires y el mismo Vernet, hicieron muchas alusiones a él, y más tarde, la jerarquía del funcionario desposeído por la violencia fue, naturalmente, uno de los cargos de la reclamación. El jurista Salvador del Carril, (se sabe que perteneció más tarde a la Corte Suprema), que refrendaba el decreto como ministro, no dejaba de apreciar la dudosa conveniencia de un nombramiento que ponía la autoridad y la justicia en manos del explotador de la concesión. Eran de prever los inconvenientes de la medida y de ahí, sin duda, la razón de la reserva que se guardó.
7 El British Packet del 31 de diciembre de 1831, publicaba un extracto del Boston Columbian Centinel, que resumimos: “Stonington, 24 de octubre. Llegada de la goleta Breakwater, de Falkland Islands (pesca de la foca). Capturada en Puerto Luis por el gobernador Vernet, una guardia de cinco hombres fue colocada a bordo donde no quedaban, de la antigua tripulación, más que el segundo y dos marineros. Estos encerraron a la guardia durante la noche, retomaron el barco y, ayudados por el resto de la tripulación dejada en tierra, desembarcaron sus prisioneros y se hicieron a la vela. La Harriet ha sido capturada de modo análogo. Quedan allá muchos navíos cuya suerte inquieta. En cuanto a los derechos de jurisdicción que se ha arrogado el gobierno de Buenos Aires, nuestro gobierno declaró ya (formerly) que no serían reconocidos”.
8 Así está ortografiado el nombre en todos los papeles oficiales; Fitzroy lo escribe de igual modo. La otra forma, Slocum, es la más común.
9 Colección de documentos oficiales con que el gobierno instruye al Cuerpo legislativo de la Provincia del origen y estado de las cuestiones pendientes con la república de los Estados Unidos de Norte América sobre las islas Malvinas. Buenos Aires. 1832, Documento número 3.
10 Calvo, Le Droit Internationational, 5ª edición, 496: “Se consideran piratas, y son tratados como tales, los capitanes de navíos armados… que han cometido actos de hostilidad bajo un pabellón que no es el del Estado que los comisionó”. Si bien que se trata aquí de corsarios que se disfrazan; pero no se puede negar la semejanza de los casos, el rasgo común, que es el ataque disfrazado, que constituye el acto característico y criminal.
11 Era, según se decía, por represalias de los siete marineros de la Superior, desembarcados para pescar en la isla de los Estados, expuestos a perecer por la tardanza causada por la captura del navío. Pero estos profesionales tenían víveres para nueve meses, ninguno murió de hambre, y no se dice que el tierno Duncan, una vez en las Malvinas, pensase avituallarlos.
12 Era un abogado político de Massachussets, algo periodista y autor de una historia de campanario,Historical memor of the colony of New Playmouth.
13 Un párrafo bastante largo del mensaje anual (6 de diciembre de 1831) del presidente Jackson, estaba dedicado a Buenos Aires; he aquí la frase relativa al envío de un encargado de Negocios: “I shall without delay send a minister to inquire into the nature of the circumstances, and also of the claim, if any, that is set up by the government to those islands”.
14 Colección de documentos oficiales, número 18.
15 Colección, número 21.
16 El comandante Duncan fue llamado a Estados Unidos poco después de los incidentes cuyo triste héroea había sido; no parece, sin embargo, que se haya censurado su conducta. En septiembre de 1832, la Lexingtonreapareció en la rada de Buenos Aires bajo el mando del capitán McKeever.
17 Vernet no regresó a Puerto Soledad. (…)
18 Se lee en el British Packet del sábado 28 de septiembre de 1833, el anuncio de la venta en pública subasta de la Harriet, por 8.900 pesos papel. Tomó el nombre de Choel-choel y navegó bajo pabellón argentino.
19 Francis Wharton, A digest of the international law, 2nd. Edition, I, p. 444: “Where an officer of the Navy, without instructions from his government…(sigue la cita en inglés).
20 Uno de los sucesores del general Alvear, en Washington, cuenta lo siguiente (Vicente G. Quesada, Recuerdos… Misión en Estados Unidos, pág. 168): “En la correspondencia diplomática del general Alvear consta que esa fue la actitud de este gobierno (Estados Unidos) en esta reclamación. Mr. Webster, secretario de Estado entonces, declaró que suspendía la discusión; y a las observaciones sensatas y justas del ministro argentino, replicó: “Esta es la resolución del gobierno americano, comuníquelo al suyo”, negándose a oír nada más”.
21 Messages and papers of the President, VIII, p. 325: “The Argentine Government has revived the long dormant question…” (sigue la cita entera)
22 Confiesa francamente (op. cit., pág. 159) que ignoraba la regla de cortesía y que la supo cuando había sido enviada la nota…
23 Los documentos están publicados en la Memoria de relaciones exteriores de 1886, pág. 48 y siguientes y en los citados Recuerdos de Quesada.
24 Calvo, Le Droit internationl, 357.
25 La circular fue reproducida –en inglés naturalmente- en el British Packet del 16 de octubre de 1830.
26 La Gaceta Mercantil del 24 de enero de 1833, publicaba una carta de Estados Unidos, referente a una protesta de Inglaterra, que reclamaba la propiedad de las islas Malvinas. La fecha probable (últimos meses de 1832), coincidiría con la época de los incidentes americanos.
27 Siete de estos criminales, traídos por la Sarandí, fueron condenados a muerte y ejecutados en el Retiro el 8 de febrero de 1833. El oficial sobreviviente, Gomila, fue degradado y deportado por “su falta de energía”. La viuda de Mestivier protestó contra ciertas insinuaciones de Gomila y de su defensor. Cherchez la femme
28 Decimos “abogado” teniendo en cuenta sus funciones actuales y la idea que de ellas había concebido. Se sabe que era, vagamente, médico, según el testimonio de un diploma adquirido en Baltimore. No ejerció nunca.
Fuente:http://www.elhistoriador.com.ar/articulos/dictadura/usurpacion_de_malvinas_
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