Imagen: Dafne Gentinetta
12:19 › A CASI ONCE AÑOS
La Cámara confirmó las condenas por la tragedia de Cromañón
Los jueces de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazaron los recursos presentados por las defensas de los músicos de la banda Callejeros, los exfuncionarios del gobierno porteño y el exsocio de Omar Chában, Raúl Villareal, y confirmaron todas las penas. Los condenados tienen diez días para interponer un recurso extraordinario a la Corte Suprema, por lo que permanecerán en libertad. "La Corte ya se pronunció, en dos o tres meses volverán a la cárcel", sostuvo Fernando Soto, abogado de los familiares de las víctimas.
"Hay un poquito de justicia. Es importantísimo para el resto de las causas, como las de Beara y la Tragedia de Once, porque los funcionarios van a pagar con la cárcel por lo cometido, mientras que los músicos van a tener más cuidado al convocar a sus seguidores", se alivió Nilda Gómez, madre de una de las víctimas y agregó: "Cromañón fue un crime por dinero, por codicia, por los diez pesos que salía la entrada".
La Sala IV, integrada por los jueces Juan Carlos Gemignani, Gustavo M. Hornos y Pedro R. David, rechazó los recursos presentados por las defensas contra las sentencias dictadas por la Sala III de ese tribunal, cuya revisión había dispuesto la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que había requerido un segundo fallo condenatorio.
El tribunal, según informó el Centro de Información Judicial, analizó en primer lugar la atribución de responsabilidad penal de los recurrentes por su intervención en el trágico incendio, que se cobró la vida de 193 personas y dejó un saldo de más de 1400 heridos cuando, el 30 de diciembre de 2004 el conjunto de rock Callejeros se presentaba en "República Cromañón".
En ese sentido, el voto del juez Hornos –al que en este punto adhirieron los magistrados Gemignani y David– subrayó que la presentación se realizó en "un local cerrado y excesivamente sobrevendido" y agregó "la certeza práctica de que allí se detonarían artefactos pirotécnicos".
De esta manera, los magistrados consideraron que "la conducta de los integrantes del grupo musical excedió el ámbito de una expresión artística, violó deberes de cuidado exigibles y, así, expuso a los asistentes a un riesgo inaceptable, que obligaba a desarrollar el espectáculo en un espacio abierto y, ya iniciado el show –frente al evidente peligro que comportaba la situación– imponía el mandato de suspenderlo".
Por otro lado, el Tribunal rechazó la impugnación del exsocio de Chabán, Raúl Villarreal, al considerar que "su conducta incrementó el riesgo de incendio peligroso para la vida al permitir el ingreso –por propia iniciativa– de una cantidad de público abrumadoramente superior a la permitida y eximiendo a muchos de los asistentes del cacheo tendiente a evitar el ingreso de pirotecnia".
En relación con los funcionarios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires condenados, la Sala IV de la Cámara confirmó sus responsabilidades precisando que "contribuyeron al desenlace fatal al incumplir con sus obligaciones y no ejercer diligentemente el poder de policía que tenían delegado, a pesar de las repetidas e insistentes advertencias que habían recibido".
Finalmente, con la disidencia del juez Pedro R. David, el Tribunal confirmó por mayoría los montos punitivos oportunamente impuestos. La excepción la hicieron con la funcionaria Ana María Fernández, respecto de quien los jueces Hornos y David consideraron necesario disponer una reducción proporcional.
Los magistrados argumentaron la reducción por el maltrato institucional que recibió Fernández, a quien se le había rechazado su pedido de prisión domiciliaria por razones discriminatorias vinculadas con su orientación sexual.
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