Los hijos de los represores presentaron ayer su proyecto en el Congreso. Imagen: Bernardino Avila
Los hijos de los represores reclaman poder declarar en contra de sus padres
Para terminar con el mandato de silencio
Por Ailín Bullentini
El Código Procesal Penal considera nulo el testimonio de cualquier persona que involucre a un familiar directo en un delito. Los hijos de los genocidas presentaron un proyecto en el Congreso para que sea modificado y que sus declaraciones tengan validez.
Las hijas, los hijos y los familiares de genocidas presentaron ayer en el Congreso de la Nación un proyecto de ley para modificar los artículos del Código Procesal Penal que no les permiten declarar en contra de sus padres. “Hemos tenido la posibilidad de ser conscientes de la gravedad de los delitos de lesa humanidad cometidos por nuestros padres y estas prohibiciones legales restringen arbitrariamente las posibilidades de contribuir a la justicia y de cumplir con nuestros deberes cívicos”, advierten desde el texto del documento que entregaron ayer en mesa de entrada de la Cámara baja. “Todos encontramos en estos artículos el reflejo exacto del mandato de silencio que desde chicos conocemos en nuestras familias”, advirtió Pablo Verna, autor del texto y miembro del colectivo Historias Desobedientes y con Faltas de Ortografía, impulsor de la iniciativa.
EL texto prevé dos agregados aclaratorios a los artículos 178 y 242 del Código Procesal Penal. Son los artículos que advierten que la denuncia o el testimonio de una persona en contra de un familiar directo será declarado nulo siempre que lo que vaya a contar de él o ella no implique un delito cometido en su contra u otro familiar.
“Esas prohibiciones son perfectamente aplicables a mi caso. Yo sé que mi papá cometió delitos de lesa humanidad y no puedo denunciarlo ni testimoniar en su contra”, advirtió Verna. El texto redactado por él con el aval de sus compañeros y compañeras del incipiente colectivo de hijos, hijas y familiares de genocidas propone que ambos artículos no rijan “para los casos en que el o los delitos denunciados sean de genocidio, de lesa humanidad y/o crímenes de guerra contemplados en los artículos 6°, 7° y 8° del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y en los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional”.
Los fundamentos más fuertes descansan sobre la naturaleza de los delitos sobre los que estas personas –en su mayoría, mujeres– tienen intenciones de testimoniar o denunciar: se trata de delitos de lesa humanidad. Obstaculizar su investigación, plantean desde el texto, supone violar los pactos internacionales en torno de la protección y promoción de los derechos humanos que, en Argentina, rigen con rango constitucional.
Sobre la definición misma de los delitos de lesa humanidad como hechos que “afectan a la humanidad en su totalidad”, el proyecto también advierte que no habilitar a los hijos, hijas y familiares de genocidas a denunciarlos o testimoniar en su contra “implicaría considerarlos fuera de la humanidad”, reza el texto.
Además, el documento discute uno de los argumentos sobre el que se origen los artículos en discusión, el de la “protección de la cohesión familiar”, contemplada en la Constitución Nacional. “En el caso del familiar que ha decidido denunciar, no habría ya ninguna cohesión familiar que tutelar”, plantean desde el texto. “Es una relación que está rota desde el momento en que tomamos conciencia de los crímenes que nuestros padres cometieron”, aclaró Analía Kalinec, hija de Eduardo Kalinec, alias Doctor K, que cometió delitos de lesa humanidad en el circuito ABO.
Pablo Verna habló con su padre por última vez el día en que fue a buscar de su parte la confirmación de lo que ya sabía: que Julio Verna, médico militar en Campo de Mayo, inyectó a personas secuestradas allí antes de que fueran asesinadas en los vuelos de la muerte. Encontró esa confirmación. Cortó toda relación. Pablo denunció os hechos ante la Secretaría de Derechos Humanos y ofreció su testimonio a la querella que Pablo Llonto sigue en la megacausa que se conoce como Contraofensiva. Sin embargo, por la vigencia de los artículos 178 y 242 del Código procesal Penal, sus palabras son nulas ante la ley. En su caso, el mandato de silencio es, por el momento, total ya que no existen testimonios o denuncias directas que lo impliquen a Verna en delitos de lesa humanidad. El de su hijo sería el primero.
“Queremos que la ley nos deje declarar a favor de la memoria, la verdad y la justicia. Que eso implique tener que estar declarando en contra de nuestros padres es una triste coincidencia, pero no pueden sacarnos esa posibilidad”, remarcó Kalinec.
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