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NACIONALES, NOTA CENTRAL
El derecho laboral, esa piedra en el zapato de los injustos
Por Esteban Sargiotto
Los ataques del gobierno al fuero laboral y a los derechos de los trabajadores tienen una estrategia clara: flexibilizar la legislación destinada a la defensa de los más vulnerables. Pero el fuero laboral tiene una historia, un sentido y una idea: defender a los laburantes de los abusos de los patrones.
“Que el movimiento legislativo contemporáneo, en lo que respecta a las normas que rigen las relaciones jurídicas del capital y el trabajo, ha dado forma a un nuevo derecho cuyo contenido social y humano tiende a proteger la parte más débil de esa relación.
Que existe la necesidad de un fuero y procedimiento propios, pues no sería posible que, mientras la legislación de fondo fuera creando un régimen jurídico de excepción, el derecho procesal se mantuviera estacionario;
Que los trámites procesales de la justicia ordinaria, aplicados a los litigios del trabajo, resultan formulistas, onerosos y carentes de la celeridad que exigen los fines perseguidos por la legislación respectiva;
Que la inadaptación de esas reglas procesales a la solución de los conflictos derivados de las relaciones del trabajo pone en evidencia la necesidad de instituir organismos especializados y procedimientos expeditivos y de reestablecer, mediante normas adecuadas, la igualdad de las partes, evitando la gravitación de su distinta posición económica […]”.
Fragmento del Decreto 32.347 de noviembre de 1944 de creación de la Justicia del Trabajo
Para un observador externo a la abogacía, las leyes que regulan los asuntos penales, civiles o comerciales no tienen, en principio, por qué diferenciarse de las que regulan las leyes laborales. Todas ellas son leyes y, como tales, son iguales. ¿Por qué habrían de tener una historia diferente?
No obstante, para quienes practican la abogacía, es un hecho conocido que el derecho laboral constituye una rama nueva del derecho (en Argentina, se la llamó durante años “Nuevo Derecho”), y lo es así a nivel mundial. Se trata, además, de una rama del derecho en constante cuestionamiento: para quienes sostienen una filosofía liberal, el derecho laboral no sólo que es algo nuevo (data de principios de siglo XX), sino que es algo extraño. Un “huésped conflictivo”, como se suele decir en el ámbito de los letrados. Una disciplina a ser eliminada o, por lo menos, restringida a los límites del derecho civil o comercial, que es donde, según ellos, realmente pertenece y nunca se debió de haber independizado. A fin de cuentas -razonan- el trabajo no es más que parte de la libre concurrencia de los individuos en el mercado. En ese sentido, y como afirma en un reciente artículo Rubén Famá, abogado laboralista y autor de numerosos artículos y libros sobre derecho laboral: “el llamado ‘nuevo derecho’ vino a interpelar la médula de los sagrados principios de la filosofía liberal, como la noción del contrato libremente consentido por las partes en el marco de la abstracción de la ‘libre concurrencia’, proponiendo la idea de la justicia social al considerar la esencial desigualdad de fuerzas -pero por sobre todo de oportunidades- entre los trabajadores y los propietarios capitalistas. El derecho del trabajo no nace como un derecho meramente benefactor, tuitivo, sino más bien contestatario, insolente frente al altar del capital. El derecho del trabajo interpela, pone en cuestión la suficiencia del derecho civil para abordar legítimamente la nueva cuestión social planteada por el arrollador andamiaje del capitalismo”[1].
Según Rubén Famá “El derecho del trabajo no nace como un derecho meramente benefactor, tuitivo, sino más bien contestatario, insolente frente al altar del capital”.
El nuevo derecho al que hace mención el autor es fruto de una rica, vibrante e insolente historia, no sólo nacida como producto doctrinario, intelectual y científico sino también de la mano y al calor de la fuerte organización de los trabajadores argentinos que se dio a principios del siglo XX . Prestigiosos autores de la talla de Leónidas Anastasi, Alejandro Unsain, Manuel Pinto, Carlos Desmarás y una larga lista de otros prestigiosos tratadistas del derecho fueron los fundadores de la disciplina tal como la conocemos hoy, quienes amparados en el impulso que se le diera al desarrollo de esa rama del derecho en las universidades de La Plata (bajo la dirección de nada menos que Alfredo Palacios, quien en ese entonces presidía la universidad), el Litoral y Buenos Aires dejaron como legado las bases fundamentales para la creación de una nueva manera de entender el derecho en su conjunto y las leyes que regulan la relación laboral. El derecho laboral es, como dijimos, inseparable del protagonismo que adquirieron los trabajadores organizados en el curso de nuestra historia, y fueron sus luchas, tanto intelectuales como políticas, las que dieron nacimiento y vida a las leyes, usos y costumbres que regulan la vida de los trabajadores en el ámbito laboral. Pero, entonces, cabe preguntarse: ¿cómo se regulaba la vida en el trabajo antes de 1920? ¿no había ningún marco legal que protegiera a los trabajadores? La respuesta es que sí. Existían leyes que protegían a los trabajadores, pero lo hacían en el marco del Código de Comercio. En 1905, por ejemplo, bajo la presidencia de Manuel Quintana se legisló la prohibición del “trabajo por cuenta ajena” los días domingo; en 1915, con Victorino de la Plaza como presidente, se sancionó la primera legislación relativa a accidentes y enfermedades del trabajo; y en 1929 el Congreso sancionó una ley de limitación de jornada de trabajo a ocho horas. Más adelante, también, el Congreso sancionaría un descanso semanal y, en 1933, se establecería la indemnización para los despidos sin causa y la indemnización por falta de preaviso. Todas estas leyes, consignadas en unas breves líneas, no pueden ser entendidas sin tener en cuenta los recurrentes escenarios de conflictividad que vieron esas épocas y que llevaron, finalmente, a que el Congreso las legislara: por sólo señalar algunos episodios significativos, en 1902 se dio la primera huelga nacional, ante la cual el gobierno respondió con una brutal represión, una política gubernamental que se mantuvo en las sucesivas protestas los años subsiguientes, con escaladas de conflicto que llevaron a casos emblemáticos, como la represión en Plaza Congreso, en 1909, donde murieron ocho obreros y que precipitó una huelga general que movilizó a 200.000 personas (contando sólo a la capital) en la semana de mayo. Tanto la Semana Trágica, como la Patagonia Trágica, acontecidas en 1919 y donde murieron más de 2000 obreros, no fueron episodios aislados, sino el punto más alto de una conflictividad que llevaba ya décadas de gestación. En ese marco, estas conquistas laborales antes mencionadas fueron producto de una laboriosa y dura lucha de parte de los trabajadores organizados.
Con la institucionalización del derecho laboral, y tras el antecedente del 14 de marzo de 1907 bajo la presidencia de Figueroa Alcorta -que creó el Departamento Nacional del Trabajo- se inició el camino para la fundación del fuero laboral y, más específicamente, de la Justicia Nacional del Trabajo. Esto ocurrió en 1944, y sus considerandos se encuentran, en fragmento, citados al principio de este informe.
Hoy, como otras veces de su historia, la relevancia y efectividad del derecho laboral vuelve a ponerse en duda. Ocurrió ya en la dictadura militar, en los 90, en la década pasada y, ahora, nuevamente, con la presidencia de Mauricio Macri. Cabe entonces preguntarse: ¿por qué?
¿QUÉ PASA HOY CON LA JUSTICIA DEL TRABAJO?
La Justicia Nacional del Trabajo consta de 80 Juzgados y 10 salas de la Cámara de Apelaciones. Desde hace varios años a esta parte, se discute en la arena pública sobre el funcionamiento defectuoso del fuero, lo que ha llevado a proponer reformas casi siempre referidas a dos temas: flexibilización laboral y leyes de riesgo de trabajo, siempre con el argumento de la elevada litigiosidad y la existencia de “mafias” e “industrias del juicio”, un argumento utilizado por primera vez por el entonces ministro Domingo Cavallo, en 1991, y que sirvió para legitimar las flexibilizaciones laborales y la privatización del sistema que protegía a los trabajadores frente a los accidentes de trabajo. ¿Pero es cierto esto? Y más aún: ¿se solucionó algo con estas medidas? Consultado respecto de los motivos de la crisis y de su solución, el Dr. Horacio Schick, reconocido abogado laboralista y autor de varios libros en la materia, dio su visión: “La Justicia del Trabajo viene siendo desde hace años deliberadamente abandonada y desfinanciada por los sucesivos gobiernos. Aunque se trate de la vanguardia histórica de la jurisprudencia de todo el país, desde hace años le faltan designar alrededor de 40 jueces y dotación completa de personal para los juzgados, lo que implica un funcionamiento defectuoso que se pretende explicar solo por la cantidad de juicios pero sin mencionar el abandono, las trabas y demoras en completar la designación de magistrados que implica que cada juez esté dirigiendo 2 juzgados, uno como titular y otro como subrogante. Es imposible funcionar normalmente así durante años. Se la deja caer y después se acusa a los abogados por presentar demandas, pretendiendo cercenar el acceso a la justicia a los trabajadores como ya se lo hizo con la inconstitucional y discriminatoria reforma a la Ley de Riesgos de Trabajo. La crisis del fuero es ficcional, lo que quieren es liquidar la Justicia del Trabajo”.
Para el Dr. Horacio Schick, reconocido abogado laboralista y autor de varios libros en la materia, “la Justicia del Trabajo viene siendo desde hace años deliberadamente abandonada y desfinanciada por los sucesivos gobiernos”.
Como decíamos, los ataques y cuestionamientos al fuero laboral no son nuevos. El presidente Macri y sus ministros no innovan cuando expresan públicamente que existe una “mafia” de abogados laboralistas y una “industria del juicio” que, según ellos, recauda millones y quiebra empresas. Una mafia que, cabe observar, cuenta con la llamativa cualidad de ser increíblemente dañina, pero no contar con ninguna denuncia en la Justicia de parte del Gobierno. La ofensiva gubernamental contó, además, con el intento de juicio político a varios jueces y una nueva reforma a la ley de riesgos de trabajo. “Hubo tres oleadas reformistas regresivas: la de 1995, la de 2012 y la nueva de 2017. Las tres fueron en contra de los trabajadores. Cada una lo fue privando de distintos derechos. Esta última determina que no puede acceder directamente a la Justicia, sino que tiene que atravesar las Comisiones Médicas, que dirigen la instancia probatoria y que establecen un recurso ante la Justicia tan restrictivo que inducen al trabajador a acatar lo decidido por las comisiones. Este sistema había sido declarado inconstitucional en lo procesal por nada menos que 4 fallos de la Corte: “Castillo”, “Venialgo”, “Marchetti” y “Obregón”. Pero el macrismo desobedeció el fallo, volvió a insistir y le dio la espalda a esa jurisprudencia. La Ley de Riesgos de Trabajo es la ley con la mayor cantidad de declaraciones de inconstitucionalidad de la historia del derecho argentino. No del derecho laboral, sino del derecho argentino en su conjunto”, se explaya Schick, que es especialista en accidentes de trabajo, y afirma que la estrategia del Gobierno con este ataque al fuero es lograr que los jueces no le voten, nuevamente, la inconstitucionalidad de esta ley.
Consultado sobre cuál es, entonces, el problema de fondo, hablamos en exclusiva con el Dr. Ricardo Cornaglia, quien cuenta con una larga experiencia en la materia: fue legislador desde 1983 hasta 1987 por la UCR, integró la CGT de los Argentinos, trabajó con Hipólito Solari Yrigoyen y fue su reemplazo cuando este fue detenido por la dictadura. Además, Cornaglia fue alumno de Alfredo Palacios mientras estudiaba en la Universidad de La Plata. En la actualidad, es el presidente del Instituto de Estudios Legislativos de la FACA (Federación de Argentina de Colegios de Abogados) y atiende a obreros en su estudio privado. En su opinión, el problema es otro. Refiriéndose a la nueva ley de riesgos de trabajo –uno de los caballitos de batalla del Gobierno en su ataque a la totalidad del fuero- el letrado opinó: “El verdadero problema es que habiendo 40% de trabajo en negro y siendo el trabajo registrado también en gran medida en negro, el sistema tarifado de indemnizaciones que existe se basa en salarios no reales y atrasados, lo que implica que el trabajador reciba monedas, sobre todo en algunos distritos, como la provincia de Buenos Aires. Esto hace que muchos trabajadores enfermos, que en general terminan despedidos, acaben en una situación muy precaria y marginal. Además, al mismo tiempo, el sistema ha dado enorme ganancias a un grupo de sociedades anónimas. Se tergiversó el sistema de la seguridad social que la Constitución manda a obedecer. La seguridad social tiene que estar en manos del Estado y gestionado por los beneficiarios del sistema: eso dice el artículo 14 bis. Pero crearon un sistema privado al estilo de Cavallo que se viene manteniendo artificialmente, aunque sea inconstitucional, por todos los gobiernos, desde Menem a la fecha”.
Para Cornaglia, el asunto de fondo es que existen toda clase de mecanismos jurídicos que obstaculizan el acceso del trabajador a un trato justo y, en última instancia, a que se le provea justicia. La ecuación es justamente al revés: dada la gravedad del asunto, debería haber incluso más juicios, y no menos. El fuero laboral está colapsado, es cierto. Pero eso se explica mejor por el deliberado estado de abandono que sufre más que por la legitimidad de reclamos esencialmente justos, atendibles y contemplados en la Constitución Nacional. “El problema es que quienes tienen el poder de financiar el fuero, nombrar a sus jueces y dotarlo de trabajadores son los mismos interesados en que funcione defectuosamente”, agrega Cornaglia, ante la consulta. Nuevamente, el caso de los accidentes de trabajo es un ejemplo ilustrativo. “Hay una industria del juicio tramposa, débil. Y hay una poderosísima industria del no juicio. Todo este tema es mucho más grave que lo que los patrones y las aseguradores llegan a reconocer “, explica Cornaglia respecto de la existencia de una industria del juicio. Luego, se explaya: “El obrero que está en negro que reclama contra un patrón sabe que, luego del primer telegrama que mandó, viene el despido. Por otro lado, en el nuevo marco legal, el obrero puede ahora reclamar a la ART y no al patrón. Pero puede reclamar sólo por sobre lo que se encuentra contemplado en el salario en blanco. Todo lo otro no lo puede reclamar, y por eso necesita una sentencia. Existen toda clase de mecanismos legales para vedar el acceso a la Justicia del trabajador. Y quienes pensaron estos mecanismos, en connivencia con políticos, promueven la idea de que existe una industria del juicio, para evitar que el trabajador litigue. Si a eso sumamos que es necesario ser un abogado conocedor de estos temas y de asuntos de inconstitucionalidad, lo cierto es que si un trabajador no da con un abogado que sepa, lo más probable es que termine yendo al sistema público de salud o a alguna obra social y no reciba atención de parte de la ART, ni se le imparta justicia a través de un fallo, que puede llegar a tomar hasta diez años” explica el Dr. Cornaglia.
Cornaglia afirma que “el problema es que quienes tienen el poder de financiar el fuero, nombrar a sus jueces y dotarlo de trabajadores son los mismos interesados en que funcione defectuosamente”.
En un contexto económico que no despega, el Gobierno ha encontrado un chivo emisario útil. Antes que revisar su política hacia las tarifas de los servicios, el atraso cambiario, la reducción de la inflación, o una errada política de estímulos para generar empleos, el oficialismo apunta a los “costos” laborales y, de paso, culpa al derecho laboral y su brazo ejecutor, los abogados de a pie y los jueces del fuero laboral, de quebrar a las pymes, ahuyentar las inversiones y conspirar contra la productividad. En un contexto político donde todo parece indicar que el oficialismo intentará una nueva flexibilización laboral, el ataque al fuero es todo menos casual.
“El Gobierno tiene dos objetivos definidos: inhibir a los jueces a que declaren la inconstitucionalidad del nuevo engendro jurídico que es la ley 27348 de riesgos del trabajo, y preparar el terreno para nuevas reformas regresivas en el plano laboral, ahora en el plano del contrato de trabajo. Insisten en que las pymes cierran por la ola de juicios, lo que es inexacto. Cierran por falta de mercado y altísima presión impositiva. Esto ya pasó en los 90: la reforma laboral regresiva de aquellos tiempos no impidió la recesión, ni la depresión ni menos el fenomenal colapso del 2001 y el 2002. No se aprende y se insiste en desproteger a los más vulnerables y débiles de la relación de trabajo. El presidente pretende jueces que sean “equilibrados”, cuando el Derecho del Trabajo es esencialmente protectorio (artículo 14 bis de la Constitución Nacional), por compensar con tutelas jurídicas las desigualdades económicas y sociales”, opina Schick.
RESISTENCIA
En toda esta discusión, los sindicatos son el eslabón que resta, dado que se trata de los sectores que debieran defender la existencia y la importancia del derecho del trabajo. Es especialmente sorprendente que de parte del movimiento obrero organizado se hayan escuchado pocas críticas y, menos aún, una respuesta sólida frente al plan oficial. De hecho, las noticias en este sentido son incluso negativas: la mentada ley de riesgos de trabajo que votó el oficialismo en febrero de 2017 contó con el aval de algunos de los diputados ligados a la CGT.
El panorama no invita a la esperanza. La única resistencia, al menos hasta ahora, ha provenido de los abogados de a pie, de los jueces atacados por el Poder Ejecutivo, como es el caso de Arias Gibert, que públicamente expresó su malestar[2], y de algunas voces de legisladores y de miembros de la CGT y la CTA. Tras casi un siglo de echar raíces en la práctica jurídica y en la vida de millones de trabajadores argentinos, el derecho del trabajo combate sólo una lucha desigual.
“La mentada ley de riesgos de trabajo que votó el oficialismo en febrero de 2017 contó con el aval de algunos de los diputados ligados a la CGT”.
“El derecho del trabajo es ambiguo. A los patrones les da pacificación. A los obreros les otorga un instrumento de reclamación y de justicia. Eso si consideramos una versión de máximas. En una versión del medio, digamos, ni de máxima ni de mínima, es un juego transaccional y tramposo. Así y todo, el fuero es mucho menos corrupto que otros fueros, como el penal, el aduanero, el civil o el comercial. Desde el punto de vista de los niveles de corrupción que existen en el sistema judicial argentino es un fuero que, comparativamente hablando, es mucho más limpio. Ahora: los empresarios no quieren que exista el fuero laboral. No quieren que existan leyes laborales, ni Estado de Bienestar, ni Estado Social del Derecho. Un fuero de este tipo les molesta. Por eso lo usan y ocupan todos los espacios que pueden”, reflexiona Ricardo Cornaglia.
El fuero laboral molesta. Quienes están dispuestos a cercenarlo, desfinanciarlo, reducir su impacto e incluso sacárselo de encima están al ataque, y nada menos que desde el máximo poder del Estado. Quienes defienden sus principios filosóficos se encuentran aún muy solos. El derecho del trabajo, dijimos, combate solo una lucha desigual. Una lucha que, por su génesis, aspira a igualar.
[1] Rubén Famá, “El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes… (artículo 14 bis de la Constitución Nacional)”, publicado en Revista El Descamisado, 17 de junio de 2017
LICENCIADO EN LETRAS Y PERIODISTA. ES COLABORADOR ESPECIAL DE LA VANGUARDIA.
Fuente: http://www.lavanguardiadigital.com.ar
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