miércoles, 11 de octubre de 2017

JUICIO A LOS MAGISTRADOS EN CÓRDOBA Por Katy García



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Juicio a los Magistrados en Córdoba


“Otero Álvarez era un burócrata eficiente que ejercía y definía el curso de las acciones”





Los representantes del Ministerio Público Fiscal, Carlos Gonella y Facundo Trotta, expusieron ante el Tribunal, hace una semana, los argumentos probatorios que dan cuenta de la complicidad de un grupo de magistrados durante el terrorismo de estado.




Le pidieron al Tribunal que no aplique el criterio utilizado por la Cámara Federal de Tucumán que dejó afuera por falta de mérito al ex secretario penal Luis Alberto López. Aplicarlo para el fiscal Gonella sería generar “lagunas de impunidad insoportables”. Este dato cobra importancia habida cuenta que el presidente de este tribunal, Julián Falcucci, votó en ese sentido cuando integró la Cámara de alzada. Carlos Otero Álvarez ex secretario penal se definió como un “fedatario”. Esta semana alegan los defensores particulares de los imputados.

El fiscal general Carlos Gonella acusó por un total de 118 víctimas. Presentó ante el Tribunal los hechos que involucran a los imputados Carlos Otero Álvarez (71), ex secretario del Juzgado federal n° 1, en 92 hechos, y al ex defensor oficial Ricardo Haro (83). El fiscal auxiliar Facundo Trotta lo hizo por 14, que comprometen al ex fiscal Antonio Cornejo (82) y al ex juez Miguel Ángel Puga (74). Las penas solicitadas van de 2 a 7 años de prisión. Para Haro, en función de la edad y del tiempo transcurrido, 2 años. Puga y Cornejo 5, y Otero Álvarez, 7. En todos los casos con inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena.
“En esta causa quedó acreditado que no se realizaron diligencias para investigar crímenes de lesa humanidad”, afirmó Trotta. En tanto que Gonella subrayó que “Los criminales seguían torturando y matando porque sabían que la Justicia no haría absolutamente nada. Por eso asesinaron a 30 presos políticos”. Ambos actuaron en otros juicios de lesa humanidad como la Megacausa La Perla y la causa Videla (UP1), respectivamente.

Tras analizar la prueba los fiscales le manifestaron al Tribunal una disidencia en relación al fallo de la Cámara Federal de Tucumán que revocó el procesamiento del ex secretario penal Luis Eduardo López acusado por crímenes de lesa humanidad ocurridos en 1975.

El planteo está dirigido al presidente Julián Falcucci cuyo voto fue acorde a esa resolución. “Quiero someter a discusión los argumentos jurídicos (de la Cámara de Tucumán) porque disentimos”, dijo Gonella. Y agregó que “No se trata de auditar la conducta del juez. Decimos que se trata de una decisión autónoma de denunciar cosa que el imputado no hizo y que surge claramente de la ley”. En este caso, dijo, la acusación se enmarca en el contexto de un plan sistemático de persecución política. “Hay hechos elocuentes y graves que el secretario penal certificó junto al juez Zamboni Ledesma”, afirmó. Más adelante Trotta recordó que en Córdoba la Cámara Federal creó otro precedente bien diferente a la tucumana. “La obligación de denunciar subsiste”, dijo tras leer varios pasajes del fallo.

Ley de Fugas

En 1975, por aplicación de la ley 20840 -promulgada por el Congreso el 30 de septiembre de 1974 y que establece penalidades  para “las actividades subversivas en todas sus manifestaciones” – las fuerzas de seguridad detenían ilegalmente a numerosos militantes populares provenientes de diversas vertientes políticas.

Un grupo de 30 presas y presos políticos, que permanecía alojado en la Unidad Penitencia N°1 (UP1), a disposición de la Justicia Federal, fue ejecutado por aplicación de la Ley de Fugas entre abril y octubre de 1976. El modus operandi estaba bien aceitado. Los presos, amordazados, encapuchados y atados, eran retirados de la prisión por personal militar. A las pocas horas, o al otro día, los diarios informaban que un grupo de “delincuentes subversivos” fueron abatidos en un “enfrentamiento” o bien por aplicación de la ley de fugas.

En 2010, durante el juicio que sentó en el banquillo de los acusados a los jerarcas Jorge Rafael Videla y Luciano Benjamín Menéndez, junto a un grupo de militares y policías, los ejecutores fueron juzgados y condenados por los delitos de secuestros, allanamientos, tormentos y asesinatos. Ahora bien.

¿Por qué el poder judicial no fue indagado en aquél momento? Era lo justo. Pero la causa fue desglosada. La “Sagrada Familia” como se denomina a la justicia federal por sus relaciones endogámicas protegió a sus pares vía dilaciones y apartamientos. El juzgamiento de la pata civil de la dictadura no ha sido fácil porque las corporaciones opusieron férreas resistencias. Haber llegado a esta instancia después de 41 años de lucha es gracias a las convicciones de un grupo de querellantes como Luis Miguel Baronetto, Raquel Altamira, Elba Inés Pucheta, Juan Miguel Ceballos y también Diego Bauducco y Virginia Arquiola, que se sumaron al clamor por justicia. Pero no alcanzó para que sean juzgados como partícipes necesarios. Están imputados por abuso de autoridad, violación de los deberes de funcionario público, incumplimiento de la obligación de perseguir delincuentes y encubrimiento.

Trotta recordó el contexto de época donde actuaban los Comandos Libertadores de América al mando de Héctor Pedro Vergez (a) Vargas que “se jactaba de secuestrar militantes políticos, estudiantiles, sindicales y a otros que no militaban” y la Policía de Córdoba torturaba y detenía clandestinamente antes del Golpe. “Eran secuestrados y torturados antes de ser blanqueada la detención como pasó con Luis Miguel Baronetto, Marta Juana González, Eva Zamora y Luis Pihén”, ejemplificó.

Adaptados y orgánicos

Gonella tomó la expresión del testigo Luis Angulo –ex abogado defensor de presos políticos y actual ministro de Justicia y Derechos Humanos-, cuando sintetizó que la actuación de la justicia “fue un simulacro”. Creo que se quedó corto, manifestó. “Fue una parodia de lo grotesco. La consumación del blanqueamiento de los crímenes contra la humanidad que se cometían en el Departamento de Informaciones (D2) y que la justicia convalidaba”. Después de 41 años, dijo, este Tribunal tiene la posibilidad de reparar el daño.

Analizó que el Terrorismo de Estado es un fenómeno complejo donde las fuerzas de seguridad aplicaban sistemáticamente métodos represivos ilegales. Destacó que antes del Golpe de estado del 24 de Marzo de 1976, la Constitución Nacional tenía plena vigencia y que los funcionarios acusados se alinearon convalidando los crímenes contra perseguidos políticos.

Así como en 2010, durante el juicio Videla, denunció al cardenal Raúl Francisco Primatesta como cómplice de la dictadura en Córdoba, subrayó el rol de la justicia federal en todo el país. Por caso, recordó el reciente fallo en Mendoza donde fueron condenados a prisión perpetua por delitos de lesa humanidad los ex jueces federales, Otilio Romano, Luis Miret, Rolando Evaristo Carrizo y Guillermo Max Petra Recabarren
En este proceso, dijo, que la prueba documental es fundamental. Porque en los expedientes quedaron los “rastros burocráticos de los funcionarios actuantes” a través de firmas, certificados, hábeas corpus. En este punto citó un estudio antropológico cuyo análisis da cuenta del perfil de los jueces de aquél tiempo. “Están los orgánicos, que juraron por los estatutos y que actuaban en consecuencia. Colaborando y encubriendo los crímenes más graves; los independientes, que tenían la dignidad de aprovechar los intersticios para salvar vidas, como el camarista Daniel Pablo Carrera, que luego renunció. Y por último, los adaptados. Los que subsisten en cualquier régimen, sea dictadura o democracia. Son funcionales al poder. Creo que acá tenemos adaptados y orgánicos”.

Para los fiscales el terrorismo de estado contó con la connivencia de la mayoría de los magistrados y en esta causa “quedó acreditado que no se realizaron diligencias para investigar crímenes de lesa humanidad”.  Consideran que “si los funcionarios hubieran cumplido con su deber” se hubiera determinado cómo fueron los hechos.

Más que fedatario

El fiscal Gonella negó que  Otero Álvarez haya sido un mero fedatario. Está acusado en 92 hechos por no haber denunciado allanamientos, tormentos y homicidios relevados como enfrentamientos o intentos de fuga. Explicó que durante la instrucción el imputado ejerció su derecho de defensa. Lo hizo en forma fáctica y jurídica cuando fue acusado por complicidad. “Fenomenológicamente la conducta no era de omisiones de deberes funcionales; estoy convencido de que eran partícipes”, expresó.

Anticipándose a la próxima etapa manifestó que “La defensa querrá exculparlo mostrando la foto de un burócrata alejado de Montoya y Giraudo - empleados del juzgado- con un rol de simple fedatario, devaluado, desfasado por empleados, sin poder de decisión. Para eso se vale de López Peña -el último testigo y ex empelado convocado a declarar- y de los oficios y testimonios de otros testigos como Luis Rubio. Señores jueces: la fiscalía, va a demostrar que tenía un rol activo, que las causas hablan por sí mismas”, anunció y pasó a desarrollar.

Explicó que Rubio, actual vocal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), logró como abogado defensor la libertad del abogado Miguel García en tiempo récord. “Esto demuestra que cuando Otero Álvarez movía un dedo podía impedir una muerte”, afirmó. Y añadió que claramente lo hizo por la relación de amistad que mantenían. “Fue convocado, solo para que diga eso”, consideró. Aunque valoró que haya reconocido que “era público y notorio que el D2 actuaba en la clandestinidad”.

En esa dirección apuntó a una nota secreta y reservada de Menéndez, fechada el 21 de noviembre de 1975, enviada al subprefecto Héctor Claudio Gastaldi, Director General del Servicio Penitenciario Provincial. En ese documento constan qué dimensiones deben ser relevadas. Establecimiento, cantidad de presos, nómina de delincuentes subversivos, nombre y apellido completo, documento, infracción, organización subversiva, Juzgado y secretaría correspondiente donde estuviera la causa. Tales datos eran compartidos durante las reuniones de la llamada Comunidad informativa.

“El comandante manifestó su preocupación por más de 126 presos políticos a disposición de la justicia federal y ordenó que en caso de ser liberados se informe de inmediato para que sean puestos a disposición del PEN. El único caso en que no se cumplió fue con García”, graficó.

En ese orden aseguró que está acreditado que “era un burócrata eficiente que ejercía y definía el curso de las acciones”. Numerosos testigos denunciaron que se hacía presente en las cárceles junto al Juez y les tomaba declaración en presencia de “personal militar armado”. Los abogados que declararon dijeron que él los atendía y que recibió hábeas corpus.

Para el fiscal está acreditado mediante pruebas testimoniales y documentales que hubo un patrón de comportamiento sistemático de actuación del imputado. “Consistía en tomar conocimiento a través de los medios de prensa de los acontecimientos ocurridos y luego bajar en certificados a los expedientes lo que activaba un trámite que terminaba con una declaración de extinción de la acción penal por muerte de las víctimas que estaban imputados en la causa”, resumió.

Y así termino la historia…

Tras detallar cada uno de los crímenes el fiscal concluía con esta frase: Y así terminó la historia, y así terminó la vida –dice el nombre de la víctima- sin que nadie haya investigado. Narró algunos casos emblemáticos. Como la ejecución a Raúl Paco Bauducco en el patio de la prisión. Tras una requisa violenta, mientras lo obligaban a realizar movimientos vivos junto a 60 presos, se hincó en el piso porque padecía de artrosis en las rodillas. Le exigían ponerse de pie. No podía hacerlo. Con la venia de Mones Ruiz el cabo Pérez lo ejecutó de un tiro en la cien.

“Este hecho es de una gravedad superlativa”, dijo el fiscal y repasó la conducta del funcionario. “Informo que de acuerdo a noticias periodísticas el interno Bauducco fue abatido al haber intentado quitarle el arma al jefe de la custodia de la cárcel penitenciaria donde se encontraba alojado”, dice un informe elevado a “su señoría” que consta en el expediente. Desde la cárcel llegaba otra versión más cercana a lo sucedido. Dice que “intentó quitarle el arma al cabo Pérez”. El certificado de defunción da cuenta de la herida de bala. Paradójicamente, dijo, Juan Bautista Sasiaiñ fue el único funcionario público que cumplió con el deber establecido por el código de procedimientos. En una nota le expone al Juez que durante la requisa “resultó abatido un delincuente subversivo que se abalanzó sobre el custodio”. El acta de defunción estaba en blanco pero a nadie le resultó anormal.

Doris Caffieri, durante su testimonio reclamó que en 41 años la justicia no le haya pedido perdón. Perdón por subestimar su inteligencia e intentar hacerle creer que su esposo que no conocía de armas podría haber intentado quitársela al asesino.

En el caso paradigmático del abogado Miguel Hugo Vaca Narvaja (h) secuestrado en la puerta del Juzgado federal 1, a quien le rechazaron dos habeas corpus y terminó fusilado remarcó que quedaba claro que los motivos se relacionaban con el asesoramiento brindado al padre de Horacio Siriani, asesinado a golpes en el D2, y porque defendía presos políticos. En cuanto a la omisión de denunciar la detención ilegal también la derivó a los subalternos y se posicionó, cómodo, como un “cumplidor de órdenes del Juez”. Otro tema de análisis fueron las persecuciones a los abogados en el ejercicio profesional.

Ricardo Haro

“Está acreditado que Ricardo Haro no cumplía con la ley. Omitió esos deberes en varios hechos”, argumentó Gonella. Y completó que la obligación del defensor no se diluye en la inacción del juez. Al fiscal se le atribuyen 9 hechos. Describió varias situaciones donde queda expuesto “un patrón sistemático”. Por caso, en el hecho 15, donde la víctima Francisco Saín denunció que le tomaron declaración “encapuchado y golpeado” y durante la indagatoria no lo asistió el abogado defensor y tampoco quedó constancia de los apremios denunciados. Citó otros casos similares. Como el de Alcázar. El testigo narró que cuando fue llevado a la central de policía junto a su esposa fue amenazado y denunció apremios ilegales que el defensor no consignó. Y recordó que cuando fue llevado al tribunal a declarar “leía el diario” y no lo escuchaba.

Otro ejemplo impactante fue la lectura de una denuncia realizada por Liliana Páez de Rinaldi quien declaró tormentos, apremios y violaciones. Lo mismo ocurrió con las denuncias de Marta Rosetti de Arquiola y Doris Caffieri de Bauducco. En este último caso le recomendó a la mujer que no denunciara los apremios ilegales porque podría ser “un perjuicio” para obtener la libertad.

En otro tramo desmontó el argumento que postula que el ascenso a camarista se produjo porque era “molesto para la dictadura”.

-¿No habrá sido un premio?- se interroga y afirma: Tengo la íntima convicción que así fue.

Negó que el defensor haya presentado “numerosos habeas corpus” porque no hay constancia. Para el fiscal quedó acreditada la conducta omisiva.

Puga y Cornejo

“Tanto (el juez federal) Puga como (el fiscal) Cornejo compartían los mismos hechos con la diferencia que al juez se le atribuye no haber investigado la privación ilegítima de la libertad y el homicidio de Miguel Hugo Vaca Narvaja. Al fiscal Cornejo por no haber investigado las torturas a Florencio Díaz. Teniendo en cuenta los roles que desempeñaban el reproche que se les formula es no haber promovido la investigación para determinar la existencia de los delitos”, explicó, Trotta.

Tras describir los 14 casos, evaluó que “Cuesta entender que habiendo tomado conocimiento de la gravedad de los crímenes a través de las víctimas, no hayan cumplido con los deberes inherentes a sus cargos. Para nosotros, la prueba documental y los testimonios así lo acreditan”. Y acotó que “Fueron complacientes y se adaptaron al plan sistemático de violaciones a los derechos humanos. En eso el testigo Luis Angulo fue muy claro cuando dijo que necesitaban de una estructura jurídica y judicial que se adaptara a esos lineamientos”.

Burdos montajes

Remarcó que Puga hablaba de “excesos de celo profesional” por parte de la policía del D2 como “consecuencia” de las actitudes de los subversivos. En el caso del ex preso Miguel Ángel Ceballos según consta en un oficio firmado por Vicente Meli, jefe del estado mayor de la Cuarta Brigada Aerotransportada, dirigido al juez y encabezado con la frase “formular denuncia”, informa que el 11 de octubre de 1976 fueron abatidos en un enfrentamiento los subversivos Pablo Alberto Balustra, Jorge Oscar García, Oscar Hugo Huber, Miguel Ángel Ceballos, Florencio Esteban Díaz y Marta Juana González de Baronetto. Se le corre vista al fiscal Cornejo y en abril se dicta el cierre de la causa por muerte. Como en todos los casos, no había bajas en la fuerza policial. “Se trató de un burdo montaje para ocultar las causas de la muerte”, afirmó, leyendo un tramo de la sentencia de la Causa Videla. En el caso de Huber el médico consignó que se trataba de un “homicidio” dada la cantidad de orificios de bala que presentaba en el cuerpo.

En cuanto a Vaca Narvaja destacó que el diario titula con su nombre la noticia. Y el comunicado del Tercer Cuerpo “es tragicómico” porque en este caso hubo una fuga sin enfrentamientos. El vehículo tuvo un desperfecto, se fue a la banquina, se produjo un incendio, y los detenidos huyeron. Al no responder a la voz de alto, argumentan, fueron abatidos Gustavo De Breuil y Arnaldo Higinio Toranzo y Vaca Narvaja. Lo único que se hizo fue archivar la causa.

No fueron meros olvidos o mora en la administración de justicia. Decimos que hubo un plan de omisión generalizado y deliberado de no investigar” lo cual se convirtió en “un combo perfecto” porque había policías y militares que torturaban y asesinaban y una justicia que no investigaba”.

Los crímenes cometidos, dijo, son de lesa humanidad y en consecuencia imprescriptibles. Los delitos atribuidos a los acusados se aplican también a las autoridades estatales que actuaron como autores cómplices y “la conducta tolerante de los funcionarios públicos” como en este caso. “Legalizaron lo ilegal”, afirmó, y leyó los testimonios de los testigos que aluden a la ausencia de Justicia.

Este martes 10 y miércoles 11, arrancan los alegatos de los defensores.







Katy García es periodista



Rebelión ha publicado este artículo con el permiso de la autora mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.



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